dPosta – Una madre de 31 años fue condenada en General Pico a una multa equivalente a 323.790 pesos por “sustracción al cumplimiento de obligaciones legales de cuidado”, luego de dejar a su hijo de tres años solo dentro de un auto durante la madrugada mientras se dirigía a un bar. El niño fue encontrado llorando en las inmediaciones del vehículo.
La sentencia fue dictada por el juez contravencional Maximiliano Boga Doyhenard, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Sebastián Rawson Paz, el defensor oficial Mauro Gabriel Fernández y la imputada.
El hecho encuadra en una contravención prevista en el artículo 120, inciso 1°, del Código Contravencional de La Pampa, que sanciona a padres o tutores que incumplen sus obligaciones de cuidado cuando el caso no configura un delito penal. La normativa contempla multas, arresto o trabajos comunitarios.
Al admitir su responsabilidad, la mujer reconoció que dejó al niño durmiendo en el vehículo sin supervisión adulta. Según consta en el fallo, el menor fue hallado “llorando, a metros del auto”.
En su resolución, el magistrado remarcó la gravedad de lo ocurrido, especialmente por la edad del niño y los riesgos a los que quedó expuesto en plena vía pública durante la madrugada. Además de la multa, se le aplicó una amonestación y se la exhortó a no reiterar este tipo de conductas.
El juez también le advirtió que, en caso de incumplir el pago de la sanción, podrá ser obligada a realizar trabajos comunitarios o incluso afrontar un arresto. La mujer, por su parte, manifestó su arrepentimiento y se comprometió a no repetir el hecho.
Entre las pruebas analizadas se incluyeron informes policiales, actas vinculadas al vehículo y distintas diligencias realizadas durante la investigación. El caso volvió a poner en debate situaciones de negligencia parental que, aun sin consecuencias irreparables, implican altos riesgos para niños y niñas.