dPosta – El juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, condenó a Jorge Luis Cáceres, de 63 años, a tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de lesiones graves calificadas por el vínculo y desobediencia judicial, en el marco de la Ley 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres.
La sentencia se dictó tras la homologación de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Héctor López, el defensor particular Gastón Gómez y el propio imputado, quien admitió su responsabilidad penal. La víctima, de 36 años, también prestó su consentimiento, aunque durante la audiencia consultó al magistrado cómo debía proceder ante un eventual incumplimiento de las medidas impuestas.
De acuerdo con las pruebas reunidas por el Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió en un barrio ubicado a las afueras de Ataliva Roca. Cáceres se ofuscó al intentar revisar las solicitudes de amistad y notificaciones en las redes sociales de su expareja y no poder hacerlo por falta de conexión a internet. En ese contexto, discutió con la mujer, la tomó del cabello y la arrojó al suelo.
Posteriormente la trasladó al hospital Favaloro, en Santa Rosa, donde los médicos constataron que presentaba una fractura en el brazo derecho. Antes de retirarse del lugar, el agresor le advirtió que si lo denunciaba pensara “qué pasaría después”.
Días más tarde, y pese a tener vigente una restricción de acercamiento y contacto, Cáceres se aproximó a menos de 100 metros del domicilio de la víctima en Santa Rosa, lo que fue detectado por el sistema de monitoreo de dispositivos duales.
En la resolución, el juez Asin señaló que la mujer venía padeciendo situaciones de violencia física y psicológica desde hacía entre ocho y nueve meses antes de la denuncia. Según se detalló, los episodios comenzaron con malos tratos y escalaron hasta agresiones físicas, como tomarla del cuello con sus manos, insultos y amenazas.
Al tratarse de una pena condicional y no registrar antecedentes penales, el magistrado impuso al condenado una serie de reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de todo contacto con la damnificada, no consumir estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.