Piden el agravamiento de la pena para el hombre que vendió 500 vacunos de su tía

La querella apeló el fallo que condenó a un productor por administración infiel y pidió que el hecho sea considerado abigeato agravado, con una pena mayor y de cumplimiento efectivo.

dPosta – El proceso judicial por la comercialización no autorizada de ganado en el norte pampeano sumó un nuevo capítulo tras la presentación de un recurso de impugnación contra la sentencia dictada a fines de marzo. La parte querellante pretende que se revise la calificación legal del delito y se imponga una condena más severa.

El 31 de marzo de 2026, un tribunal de General Pico condenó a Carlos María Arrigone a tres años de prisión efectiva al considerarlo responsable de administración infiel. Según se acreditó durante el juicio, entre finales de 2023 y comienzos de 2024 el imputado vendió cerca de 500 novillos pertenecientes a su tía, propietaria del establecimiento rural “La Loma”, ubicado en cercanías de Arata. La operación se realizó sin autorización y fuera de los circuitos formales, quedándose con el dinero de las transacciones.

Sin embargo, los abogados de la víctima sostienen que el encuadre jurídico no refleja adecuadamente la gravedad del hecho. Argumentan que Arrigone no tenía facultades para disponer de los animales, ya que su rol se limitaba al cuidado y manejo cotidiano del rodeo, mientras que las decisiones comerciales y la documentación legal estaban bajo la órbita exclusiva de la dueña.

En ese sentido, consideran que la conducta debe ser tipificada como abigeato agravado, al entender que hubo un desapoderamiento ilegítimo de ganado ajeno, aprovechando la relación de confianza y la actividad del imputado dentro del sector. Además, remarcan su vínculo con una firma dedicada a la actividad cárnica como un elemento que agrava la situación.

A partir de esta reinterpretación, la querella solicitó una pena de cinco años y ocho meses de prisión efectiva. De manera alternativa, en caso de que se mantenga la figura de administración infiel, pidieron que la condena se eleve a cuatro años y que no pueda ser de ejecución condicional.

Entre los argumentos para endurecer la sanción, se señalaron la falta de reparación económica, las consecuencias judiciales que debió afrontar la víctima para recuperar su campo, el impacto en su salud y los riesgos sanitarios derivados de la comercialización de animales sin control ni trazabilidad.

Ahora será el Tribunal de Impugnación Penal el encargado de analizar el planteo y definir si corresponde modificar la calificación del delito y la pena impuesta.