La demora de la Corte hizo prescribir la condena de un automovilista

Orestes Carlos Caprín había sido condenado a tres años de prisión efectiva y seis de inhabilitación para conducir por provocar la muerte de dos personas en un siniestro ocurrido sobre la Ruta 35.

dPosta – El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró prescriptas las penas impuestas a Orestes Carlos Caprín, quien había sido condenado a tres años de prisión efectiva y seis años de inhabilitación para conducir por provocar la muerte de dos personas.

El hecho ocurrió el 8 de mayo de 2017, cuando Caprín circulaba en un Citroën C4 por la Ruta Nacional 35, a la altura del kilómetro 233, y chocó contra una Ford F-100 que remolcaba un carro con rollos de fardo. Como consecuencia del impacto murieron Nicodemo Juan Kloster y María Teresa Storm.

En julio de 2019, Caprín fue condenado por homicidio culposo por conducción imprudente. La sentencia fue confirmada posteriormente, pero la defensa continuó recurriendo hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El máximo tribunal nacional recién resolvió el planteo en mayo de 2025, después de casi cinco años. Su intervención se limitó a la modalidad de ejecución de la prisión, mientras que la responsabilidad de Caprín por las dos muertes permaneció firme.

Con el expediente nuevamente en La Pampa, la querella cuestionó la prescripción planteada por la defensa. El STJ explicó que, al existir una condena firme, ya no correspondía analizar la prescripción de la acción penal, sino la de la pena.

La legislación establece que una pena temporal prescribe cuando transcurre un período equivalente a su duración. En este caso, los casi cinco años que el expediente permaneció en la Corte superaron los tres años de prisión impuestos. Además, también había transcurrido el plazo de seis años correspondiente a la inhabilitación.

Por ese motivo, los jueces Eduardo Fernández Mendía y Gastón Boulenaz declararon prescriptas ambas sanciones. De esta manera, Caprín mantiene firme la condena por las dos muertes, pero no cumplirá la pena de prisión ni la inhabilitación que le habían impuesto.