El Gobierno reglamentó la baja de la edad de imputabilidad a 14 años

El nuevo Régimen Penal Juvenil habilita procesos penales desde los 14 años y redefine sanciones, supervisión y derechos de las víctimas. Entró en vigencia hoy con dudas en los juzgados por la implementación.

dPosta – El Gobierno de Javier Milei reglamentó este lunes la Ley del Régimen Penal Juvenil N° 27.801, que establece un nuevo marco jurídico para adolescentes de 14 a 17 años y habilita procesos penales desde los 14 años y redefine sanciones, supervisión y derechos de las víctimas. La entrada en vigor de la norma se produce en un escenario de incertidumbre en los juzgados de menores de diversas jurisdicciones que plantean dudas respecto de si se dispone de la infraestructura de alojamiento, del personal técnico idóneo, de la cantidad de dispositivos de monitoreo electrónico y de los supervisores especializados.

En primer lugar, el decreto 875/26, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Diego Santilli y el secretario Juan Bautista Mahiques, habilita la judicialización de adolescentes desde los 14 años por delitos previstos en el Código Penal, aunque bajo un sistema especial. Según el texto oficial, se contemplan condenas, medidas alternativas y, en casos determinados, privación de la libertad. 

La publicación en el Boletín Oficial designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación. La cartera deberá coordinar la implementación, dictar normas complementarias y celebrar convenios con provincias, universidades y organizaciones civiles. 

Uno de los ejes es la creación de la figura del supervisor especializado, responsable del seguimiento y asistencia del adolescente durante el proceso. Para ser designado, el profesional deberá acreditar formación en educación, psicología, trabajo social o áreas afines. 

En ese marco, se creó el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Mientras se sustancia la convocatoria pública definitiva, se elaborará un listado provisorio de profesionales habilitados, con un plazo máximo de 180 días. 

Una vez conformado el registro permanente, quienes no logren incorporarse perderán la posibilidad de ser asignados a nuevos casos. No obstante, los jueces podrán evaluar su continuidad en causas en curso. 

Lineamientos del nuevo Régimen Penal Juvenil

El decreto también dispuso la creación del Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, integrado por los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. Cada cartera designará representantes con rango mínimo de director nacional. 

Entre sus funciones, el comité deberá elaborar lineamientos comunes en prevención y reinserción, intercambiar información estadística y técnica, y emitir recomendaciones no vinculantes. Asimismo, coordinará la ejecución de las penas alternativas previstas en la ley. 

La reglamentación habilita la participación de organismos como la Secretaría Nacional de Niñez, la Sedronar, la Procuración General y la Defensoría General, en carácter de colaboradores cuando la materia lo requiera. 

En paralelo, se formalizó la creación de la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, un espacio de diálogo entre Nación, provincias y la Ciudad de Buenos Aires. La instancia será coordinada por el Ministerio de Justicia e integrada por delegados jurisdiccionales y representantes de la Corte Suprema, la Procuración y la Defensoría. 

Sus funciones incluyen armonizar criterios técnicos y procesales, intercambiar buenas prácticas y facilitar convenios de cooperación. La Mesa podrá emitir recomendaciones no vinculantes, y su funcionamiento operativo será definido por sus integrantes. 

La reglamentación también reconoce derechos específicos para las víctimas, como tutela efectiva, asistencia especializada y patrocinio jurídico gratuito.

Además, el Ministerio de Justicia deberá implementar capacitaciones continuas para magistrados, fiscales, defensores y operadores del sistema penal juvenil. Provincias y CABA podrán desarrollar sus propias instancias de formación. El decreto fija un mecanismo de comunicación con el Registro Nacional de Reincidencia para el seguimiento de los adolescentes alcanzados por el régimen. Esa comunicación deberá respetar la reserva del proceso. 

La entrada en vigor de la norma se produce en un escenario de incertidumbre en los juzgados de menores de diversas jurisdicciones. Fuentes judiciales advierten sobre un inminente incremento en el volumen de expedientes y plantean serias dudas respecto de si se dispone de la infraestructura de alojamiento, del personal técnico idóneo, de la cantidad de dispositivos de monitoreo electrónico y de los supervisores especializados requeridos para garantizar la aplicación efectiva del nuevo marco legal a lo largo y ancho del país.