dPosta – El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, ha dispuesto una drástica medida para ordenar la transición parlamentaria, poniendo fin a la histórica práctica de negociación y “herencia” de despachos. Mediante una resolución formalizada hoy, se obliga a todos los legisladores que finalicen o cesen en sus funciones a restituir la totalidad de los espacios físicos, el mobiliario y el equipamiento asignado antes de abandonar el cuerpo.
La decisión, que promete generar tensiones internas, busca sanear la administración de los bienes públicos de cara a la inminente renovación legislativa del 10 de diciembre.
La normativa establece plazos perentorios y criterios de eficiencia para la reasignación de recursos. Los diputados que culminen su mandato deberán devolver los bienes y espacios a más tardar el 9 de diciembre. Aquellos que cesen por otros motivos dispondrán de solo 48 horas desde la notificación de su finalización de funciones.
La misma obligación recae sobre las autoridades de los bloques políticos, quienes también deberán restituir sus espacios asignados en la misma fecha límite. Esto permitirá a la Presidencia reorganizar la distribución edilicia en función de la nueva composición y bajo criterios de funcionalidad y operatividad.
Sanciones
El eje central de la resolución es la responsabilidad patrimonial individual del funcionario y la introducción de sanciones concretas para asegurar la transparencia.
El documento advierte que el incumplimiento de la devolución de los bienes resultará en el descuento de la última dieta (salario) del legislador, hasta cubrir el valor total de los elementos no restituidos.
El texto va más allá: si el valor de los bienes supera la liquidación final y el legislador no cubre la diferencia, la Presidencia ha instruido al Servicio Jurídico Permanente a iniciar las acciones judiciales necesarias para recuperar el patrimonio o su valor equivalente. Además, la última dieta solo se hará efectiva una vez que se complete la devolución de los bienes y espacios.
Apoyo en la ética pública
La medida se apoya en el artículo 1° de la Constitución Nacional, que consagra el principio de rendición de cuentas, y en el marco de la Ley 24.156 de Administración Financiera y la Ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública.
La Presidencia recuerda que el Sistema de Registro Patrimonial de Bienes de Uso de la Cámara, vigente desde 2019, ya fijaba la responsabilidad de los legisladores. Sin embargo, esta nueva resolución deroga toda norma previa que se oponga y establece un procedimiento claro y sancionatorio, fortaleciendo los mecanismos de control sobre la gestión de los recursos que, según el documento, constituyen un “recurso institucional común”.