Desestimaron la denuncia por la entrega del bebé de Rancul

La Fiscalía concluyó que el operativo policial se realizó en cumplimiento de una orden judicial y descartó delitos, malos tratos y hostigamiento. La denuncia fue presentada por la familia que tenía al niño en guarda.

dPosta – El Ministerio Público Fiscal desestimó la denuncia presentada por Ana Laura Pizzani por el procedimiento realizado para concretar la entrega de un bebé de siete meses de Rancul, que permanecía bajo el cuidado de ella y de Joaquín Díaz como familia sustituta. La resolución consideró que los funcionarios policiales y de Niñez actuaron en cumplimiento de una orden judicial y que no se configuró ningún delito.

La decisión fue adoptada por la fiscal adjunta sustituta Anabella Kletzel, en el marco de una investigación iniciada a partir de una presentación realizada el 7 de septiembre. La pareja cuestionaba el operativo concretado en el puesto caminero de Eduardo Castex, sobre la ruta nacional 35, y también denunciaba situaciones de hostigamiento durante la entrega del niño en la Dirección de Niñez, en Santa Rosa.

En la resolución, la Fiscalía precisó que su intervención se limitó a determinar si los hechos denunciados podían constituir delitos atribuibles a los funcionarios involucrados. Aclaró, además, que no le corresponde revisar la legitimidad de las decisiones adoptadas por la Justicia de Familia o las autoridades de Niñez.

Para reconstruir lo ocurrido, se incorporaron entrevistas al comisario inspector Luis María José Roberto, coordinador provincial de Fuerzas Especiales e Incidentes Críticos, y a la subcomisaria Romina Erro, responsable del equipo especializado en ese tipo de intervenciones.

Diálogo y negociación

Según la investigación, el operativo se originó en una orden de la jueza de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes, Ana Clara Pérez Ballester. Ante la negativa inicial de la pareja a entregar al bebé, mientras permanecía dentro de un vehículo y reclamaba que se revisara un recurso judicial, los efectivos activaron un protocolo de diálogo y negociación.

La Fiscalía señaló que se priorizó la intervención de negociadores profesionales y que no se constató un uso ilegítimo de la fuerza. También indicó que durante el procedimiento se atendieron las necesidades básicas del niño, incluidas su alimentación, abrigo y atención médica.

Luego de las conversaciones con la abogada defensora y las autoridades de Niñez, se acordó trasladar a Pizzani, al bebé y a un familiar hasta Santa Rosa en un vehículo no identificado, acompañados por el equipo especializado. Díaz viajó por separado en su propio automóvil.

Una vez en la sede de Niñez, se concretó una revisión médica del niño por parte de una profesional de Sanidad Policial y se permitió que la familia se despidiera antes de la entrega definitiva.

Las declaraciones testimoniales incorporadas al legajo tampoco respaldaron las acusaciones de expresiones agraviantes, intimidaciones o malos tratos durante el procedimiento, tanto en el puesto caminero como en la dependencia ministerial.

Con esos elementos, Kletzel concluyó que el accionar de los funcionarios respondió al cumplimiento de un deber legal y de una orden judicial. Por ese motivo, dispuso la desestimación de las actuaciones conforme al artículo 259 del Código Procesal Penal.