Condenaron a un hombre por abusar de la hija de su pareja

El juez Daniel Sáez Zamora, de Santa Rosa, dictó la sentencia por hechos ocurridos durante la convivencia y en visitas posteriores. Pese a la condena, el imputado permanecerá en libertad.

dPosta – En una resolución dictada este lunes, la Justicia santarroseña condenó a un hombre de 42 años a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, tras hallarlo culpable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante contra la hija de quien fuera su pareja.

Los hechos, según dio por probado el juez de audiencia Daniel Sáez Zamora, ocurrieron de manera reiterada cuando la víctima tenía entre siete y casi nueve años. Los ataques se produjeron tanto en el domicilio familiar como en el vehículo del agresor y, posteriormente, en la vivienda de los padres del condenado, aprovechando las visitas que la niña realizaba tras la separación de los adultos.

Los fundamentos del fallo

Para el magistrado, quedó acreditada la autoría del padrastro en los hechos, encuadrándolos bajo la figura de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la situación de convivencia preexistente y por su rol como encargado de la guarda de la menor.

En su argumentación, Sáez Zamora destacó como agravantes el daño prolongado causado a la niña y a su entorno familiar, haciendo especial hincapié en la “desilusión” que implica que el agresor fuera la persona encargada de brindar protección a la víctima.

Por otro lado, para fijar el monto de la pena en ocho años (dos menos de lo solicitado por la fiscalía), el juez consideró atenuantes como la falta de antecedentes penales, la “relativa juventud” del imputado y su nivel de estudios.

Medidas de coerción y apelación

Durante los alegatos de cierre, la fiscala María Micaela Sucurro y la querellante Vanesa Ortiz habían solicitado una pena de 10 años de prisión. Ante la posibilidad de fuga tras una sentencia condenatoria, las acusadoras pidieron medidas restrictivas.

En respuesta, el juez ordenó que el condenado cumpla con una prisión preventiva morigerada, la cual consiste en presentarse semanalmente en la comisaría de su localidad. Asimismo, se mantiene la prohibición absoluta de acercamiento a menos de 200 metros de la víctima.

La defensa del imputado, ejercida por la abogada Seila Diamela Domínguez Ardohain, había solicitado la absolución cuestionando la fiabilidad de las pruebas. Dado que el fallo puede ser recurrido ante el Tribunal de Impugnación Penal, el agresor recién será detenido de forma inmediata una vez que la sentencia quede firme.