dPosta – Un hombre fue condenado en General Pico a seis meses de prisión de ejecución condicional y a dos años de cumplimiento de pautas de conducta, tras ser hallado responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo —en dos hechos— y amenazas simples contra su hija.
La sentencia fue dictada por el juez de audiencia Marcelo Pagano luego de un juicio oral en el que se analizaron distintos episodios de violencia ocurridos en el ámbito familiar. Según se acreditó durante el debate, el imputado ejercía conductas agresivas tanto físicas como verbales hacia la adolescente, lo que derivó en lesiones constatadas, como hematomas producto de golpes.
El magistrado también tuvo por probado que la joven vivía en un contexto de violencia sostenida, lo que generó temor ante amenazas proferidas por su padre, quien le manifestó que “convertiría su vida en un infierno”.
La denuncia fue impulsada por las autoridades del colegio al que asistía la víctima, luego de que la joven realizara un comentario sobre la situación que atravesaba. A partir de esa intervención, se activaron los mecanismos de acompañamiento a través del equipo técnico educativo. Durante el juicio, además de la joven —que al momento de los hechos tenía 16 años—, declararon otros testigos, entre ellos la pareja del acusado y directivos del establecimiento, cuyas declaraciones respaldaron su relato.
En sus alegatos, el fiscal Juan Pellegrino solicitó la misma calificación legal y pena que finalmente impuso el juez, mientras que la defensa oficial, a cargo de Guillermo Costantino, adhirió a ese planteo.
Al tratarse de una condena en suspenso, el hombre deberá cumplir durante dos años una serie de condiciones: fijar domicilio y notificar cualquier cambio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de acercarse o comunicarse con la víctima y realizar tratamiento psicológico orientado a abordar sus conductas violentas. En caso de incumplimiento, la pena podría volverse efectiva.
Para determinar la sanción, el juez valoró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales y la posibilidad de recomposición del vínculo familiar, además de un informe que indicó que la joven no presenta secuelas psicológicas. Como agravantes, en tanto, consideró el nivel de agresión y la reiteración de los hechos de violencia. Asimismo, señaló que no podía imponer una pena mayor a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal.