dPosta – El juez de control de General Pico, Diego Ambrogetti, condenó a tres hombres a tres años de prisión de cumplimiento efectivo tras hallarlos responsables de un robo agravado triplemente calificado.
Los condenados son Omar Dagoberto Fuentes (63 años), Ángel Jesús Chesnik (41) y Armando Guillermo Rivero Ibarra (42), quienes fueron considerados autores del delito por haber actuado en poblado y en banda, mediante escalamiento y con efracción.
El hecho tuvo lugar entre la noche del 7 de febrero y la madrugada del día siguiente de 2025, en una empresa situada en la intersección de las rutas nacionales 188 y 35, en la localidad de Realicó. Según se probó en la causa, Fuentes permaneció en el vehículo como conductor, mientras que los otros dos implicados, junto a un cuarto individuo no identificado, ingresaron al predio.
Para concretar el robo, escalaron una antena ubicada junto a un galpón utilizado como taller de tractores, accedieron al techo y realizaron aberturas en la chapa para ingresar al interior. Una vez dentro, provocaron daños en distintas áreas hasta llegar a oficinas administrativas, donde forzaron dos cajas de seguridad con herramientas eléctricas.
Del lugar sustrajeron 5.370 dólares y 1.150.730 pesos de una de las cajas, además de 220.545 pesos de la otra. También se llevaron equipos de registro y conexión, como sistemas DVR y un dispositivo de internet. Tras ello, escaparon por una ventana previamente violentada y se dieron a la fuga en el vehículo que los aguardaba.
La sentencia fue resultado de un acuerdo de juicio abreviado impulsado por el fiscal Damián Campos, con el aval de los imputados y sus defensores particulares. El propietario de la empresa damnificada también prestó su conformidad.
Al momento de analizar la pena, el magistrado señaló que el monto acordado responde al criterio de la fiscalía, que fija el límite punitivo dentro del proceso, conforme a lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por último, se informó que Fuentes y Chesnik no registraban antecedentes condenatorios, mientras que Rivero Ibarra sí los posee, por lo que se mantuvo su condición de reincidente.