dPosta – El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Nicolás absolvió este miércoles al líder Camionero a Maximiliano Cabaleyro y ordenó su inmediata libertad, en el marco de una causa por supuesto pedido de coimas y medidas de fuerza contra la empresa Rey Distribución entre 2017 y 2021. La Fiscalía había pedido diez años de prisión efectiva para el dirigente, que estuvo cuatro años en prisión preventiva por el caso.
En su resolución, el juez Alejandro Gabriel López también absolvió a Maximiliano Pérez, Carlos y Enzo Ojeda, Matías y Lucas Torrez y Edgardo Di Mayo. Llegaron a juicio acusados de turbación de la posesión y tentativa de coacción por las medidas de fuerza, y de extorsión y tentativa de extorsión por presuntas exigencias de dinero a los empresarios de Rey Distribución S.R.L.
El primer bloqueo en la planta de San Pedro fue el 15 de enero de 2021, y el segundo se extendió entre el 22 y el 25 de febrero del mismo año. Según habían denunciado los dueños de la firma, cuya abogada es la senadora bonaerense por La Libertad Avanza (LLA) Florencia Arietto, estas medidas de fuerza comenzaron tras negarse a pagar supuestos pedidos de dinero de Cabaleyro.
En su sentencia, el juez López acreditó la obstrucción de la actividad de la distribuidora durante aquellas medidas de fuerza, pero concluyó que esas conductas fueron “atípicas” por enmarcarse dentro del derecho a protesta lo cual las sitúa dentro de un “legítimo ejercicio de un derecho”.
La Justicia multó al Gobierno por no cumplir la Ley de Financiamiento Universitario
“Todos los imputados abarcados por esta decisión, han obrado en el ejercicio de un derecho, cual es el de huelga, y por tal motivo sus acciones -verificadas y coincidentes con la acusación fiscal- son atípicas”, argumentó el juez.
Un fallo contra la criminalización del reclamo laboral
En los fundamentos, López sostuvo que los imputados no ejercieron violencia, no causaron daños ni fueron identificados intimidando o amenazando a personas durante las protestas. Además, calificó como “un despropósito” que el conflicto llegara a un juicio penal con personas detenidas o expuestas a una condena.
Respecto de los supuestos pagos mensuales denunciados por los empresarios entre 2017 y febrero de 2021, el juez dio por probadas las entregas de dinero, pero no la autoría de Cabaleyro. “Ninguna evidencia se rindió de que Cabaleyro ordenara, se beneficiara, o siquiera conociera de los alegados pagos a Fernando Espíndola”, señaló.
Fuente: eldestapeweb