dPosta – La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado el proyecto del Gobierno sobre “Inviolabilidad de la Propiedad Privada”, que incluye en su articulado la restitución de la Ley de Tierras Rurales del kirchnerismo.
El capítulo que establece la derogación del artículo 154 del DNU 70/23, y la aplicación de la ley de Tierras obtuvo 239 votos a favor, 4 en contra y seis abstenciones.
La restitución de la ley de tierras fue respaldada por La Libertad Avanza, Unión por la Patria, la UCR, Argentina Federal, Provincias Unidas y bloques provinciales.
Solo votaron en contra los diputados tucumanos Gladys Mendoza y Marina Elia Fernández, la neuquina Karina Maureira y el salteño Pablo Outes, mientras que se abstuvieron los diputados de izquierda, Nicolás del Caño, Myriam Bregman, Juan Carlos Giordano y Romina Del Pla, de la Coalición Cívica Mónica Frade y de Coherencia Marcela Pagano.
En cambio, la aprobación del proyecto en general fue ajustadísima: 124 contra 119 y seis abstenciones —cinco cordobeses y Álvaro González, del PRO.
Si esas abstenciones se hubieran sumado a los votos negativos, se hubiera rechazado la ley, con lo cual fue clave para el oficialismo la decisión de los cordobeses y del legislador larretista.
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La iniciativa será girada al Senado, que podrá insistir con los dos tercios con su proyecto original o aceptar los cambios introducidos por la Cámara de Diputados.
Este proyecto llega con media sanción a la Cámara baja después del desguace aplicado por la oposición peronista en el Senado, que le volteó el capítulo vinculado a la Ley de Manejo del Fuego, pero también el que buscaba derogar la Ley de Tierras Rurales, toda vez que el artículo 154 del DNU 70/23 se encontraba derogado.
Paradójicamente, ahora el Gobierno busca restituir la Ley de Tierras en el tratamiento en Diputados, después de que la oposición amenazara seriamente con tirar abajo todo el DNU 70.
De esta manera, se reafirmarán los límites del 30% de extranjerización a nivel nacional, provincial y departamental, además del tope de 1.000 hectáreas en zonas núcleo del país, espejos de agua y zonas de frontera.
La versión menguada de la Ley de Propiedad Privada que quedó en pie después de la extirpación en el Senado son capítulos que modifican la Ley de Expropiaciones, restringiendo las capacidades del Estado para declarar la utilidad pública de bienes inmuebles, y también una reforma de la ley de Desalojo para permitir acortar drásticamente los tiempos judiciales para la restitución de propiedades usurpadas o con tenencias irregulares.
Vandalismo rural
Diputados aprobó también el proyecto que busca incorporar la figura del vandalismo rural al Código Penal, y que impone duras sanciones de hasta 10 años de cárcel por la intrusión en los campos y los ataques al sistema de producción agropecuaria.
La iniciativa fue aprobada por 162 votos contra 77 y una abstención del diputado de Unión por la Patria, Luis Basterra. El dictamen de mayoría obtuvo varias modificaciones que fueron consensuadas entre el autor del proyecto, Martín Ardohain, y el legislador massista, Ramiro Gutiérrez.
Por ese motivo, una decena de legisladores aprobó en general la iniciativa que incorpora la figura del vandalismo.
El proyecto fue respaldado por la Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Argentina Federal, Provincias Unidas, Elijo Catamarca, Coherencia, y Producción y Trabajo.
En tanto, la iniciativa fue rechazada por el grueso de los diputados de UxP, la izquierda, e Independencia.
El proyecto establece será reprimido con prisión de un 1 mes a un 1 año, el que entrare en establecimiento rural, o sus dependencias, contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de excluirlo.
El máximo de la pena se elevará a 2 años cuando el ingreso obstaculice sustancialmente el desarrollo de la actividad productiva rural o ponga en un peligro concreto la vida o la integridad física de las personas que se encuentran en el establecimiento, o de la sanidad de los animales o cultivos de la explotación, siempre que el hecho no constituyere un delito más severamente penado.
También impone prisión de dos a ocho años y multa de tres a doce veces el valor del daño causado para la persona que destruya de cualquier modo la silobolsas, o cualquier producto que forme parte del proceso productivo agropecuario.
Se aumentará a 10 años si el delito es cometido por tres o más personas que actúen de manera coordinada, y se produzca la pérdida total de la producción en curso o se impidiere la continuidad del ciclo productivo, su transporte o comercialización.