El PJ pampeano propone garantizar cuotas alimentarias impagas

El proyecto prevé que la Provincia adelante el dinero cuando haya 60 días de incumplimiento. También crea un fondo para financiar los pagos y habilita mecanismos para recuperar las sumas de los deudores.

dPosta – La diputada provincial Liliana Robledo presentó un proyecto de ley, acompañado por los otros 14 integrantes del bloque del Frejupa, para que el Estado pampeano garantice el pago de las cuotas alimentarias cuando los responsables acumulen al menos 60 días de incumplimiento. La iniciativa contempla la creación de un fondo específico y herramientas judiciales para recuperar el dinero adelantado.

La propuesta busca asegurar la manutención de niñas, niños y adolescentes cuando el cobro de las obligaciones alimentarias se demora o resulta parcial. Para ello, establece que la Provincia cubra las sumas adeudadas y continúe con los pagos periódicos mientras se mantengan las condiciones previstas.

El proyecto crea el Sistema Provincial de Garantía y Recupero de Cuotas Alimentarias, destinado a personas que tengan una cuota provisoria o definitiva fijada judicialmente, o un acuerdo homologado por la Justicia, y sufran un incumplimiento total o parcial.

El mecanismo podrá activarse una vez transcurridos 60 días corridos desde el vencimiento de la primera cuota impaga, total o parcialmente. Constatada la mora, el juez o la jueza interviniente dispondrá la incorporación al sistema y notificará al organismo responsable de su aplicación.

Ese plazo no impedirá que, desde el comienzo del incumplimiento, continúen las acciones judiciales y las medidas cautelares para exigir el pago. Si el deudor realizó abonos parciales, el Estado cubrirá únicamente la diferencia pendiente.

Un fondo con recursos de Dafas

Para financiar las prestaciones, la iniciativa propone crear el Fondo Provincial de Garantía Alimentaria, de carácter específico y rotatorio. Entre sus fuentes de recursos incluye una proporción de las utilidades de los juegos de azar administrados, explotados o regulados por la Dirección de Ayuda Financiera para la Acción Social (Dafas), correspondiente al área provincial de Desarrollo Social.

También se incorporarán las sumas recuperadas de los deudores, sus actualizaciones e intereses y las partidas presupuestarias necesarias. La proporción de las utilidades de Dafas que se destinará al fondo quedará establecida por la reglamentación.

Si esos ingresos resultan insuficientes de manera transitoria, el Estado provincial deberá garantizar los recursos presupuestarios necesarios para sostener las prestaciones. El sistema será rotatorio: el dinero recuperado volverá al fondo para financiar nuevas coberturas.

Retenciones sobre cuentas y billeteras virtuales

El proyecto establece que los pagos provinciales tendrán carácter de anticipo de la obligación alimentaria. Por lo tanto, la intervención estatal no liberará al responsable de su deuda ni modificará la obligación fijada por la Justicia.

Para recuperar las sumas adelantadas, los jueces podrán ordenar medidas sobre ingresos, cuentas bancarias, cuentas de pago, créditos, bienes y otros activos del deudor alcanzados legalmente. La propuesta incluye expresamente las billeteras virtuales y las acreditaciones de fondos en instrumentos financieros o de pago.

Cuando la cuota se haya establecido como un porcentaje de los ingresos, la retención podrá aplicar esa misma proporción sobre las acreditaciones alcanzadas. Si se fijó una suma determinada, la Justicia definirá la modalidad de recupero según la deuda y la capacidad económica identificada del responsable.

Las medidas deberán respetar el debido proceso y excluir los fondos legalmente inembargables, las transferencias entre cuentas de una misma titularidad y los recursos de terceros cuya pertenencia pueda acreditarse, entre otros conceptos protegidos por la legislación vigente.

Registro y controles

La iniciativa también contempla la creación de un Registro Único de Garantía Alimentaria, digital y reservado, para reunir información sobre las obligaciones judiciales, los períodos impagos, los montos cubiertos por la Provincia, los recuperos y los saldos pendientes. Será independiente del Registro Provincial de Deudores Alimentarios que ya funciona en La Pampa.

La autoridad de aplicación estará integrada por los organismos provinciales competentes en niñez y en Hacienda, Finanzas o Tesorería. El texto prioriza el intercambio electrónico de información con el Poder Judicial y otras dependencias públicas para evitar que las personas responsables del cuidado deban repetir trámites ante distintas oficinas.

Además, prevé la publicación de un informe anual con la cantidad de niñas, niños y adolescentes incorporados, los montos pagados y recuperados, la tasa de recupero y los saldos pendientes, sin divulgar datos que permitan identificar a las familias o a los deudores.

La garantía estatal cesará si el responsable acredita el pago íntegro y en término de tres cuotas consecutivas, si finaliza judicialmente la obligación alimentaria o si se configura otra causal legal. Sin embargo, el cese no extinguirá las sumas que todavía adeude al fondo por los anticipos realizados.

La propuesta lleva la firma de Robledo como autora y de los otros 14 diputados del Frejupa como coautores. Ahora deberá atravesar el trámite legislativo correspondiente antes de una eventual sanción. Si se convierte en ley, la Provincia contará con un mecanismo para adelantar las cuotas alimentarias incumplidas y reclamar posteriormente el dinero a los responsables.