Un viejo reclamo chacarero: La Pampa habilitó dividir campos

Diputados aprobó una excepción a la Ley 468 para resolver casos de condominios y sucesiones. La norma permitirá ordenar situaciones que productores arrastran desde hace décadas por la imposibilidad de subdividir.

dPosta – Después de décadas de reclamos de productores y familias rurales, la Legislatura de La Pampa aprobó una modificación a la normativa que regula la división de campos y habilitó, de manera excepcional y por cinco años, el fraccionamiento de determinados inmuebles rurales que actualmente no pueden subdividirse por quedar por debajo de la Unidad Económica Agraria (UEA).

La iniciativa, que reunió proyectos presentados por distintos bloques políticos, fue aprobada por mayoría y busca dar una respuesta a una problemática que afecta especialmente a chacareros que heredaron tierras y quedaron atrapados en situaciones de condominio, donde varios propietarios comparten un mismo inmueble sin posibilidad legal de dividirlo.

La nueva ley establece una excepción temporal a la Ley 468, vigente desde 1973, que fija las superficies mínimas que debe tener un predio rural para ser dividido. El régimen aprobado permitirá avanzar con la subdivisión de campos cuando los inmuebles estén inscriptos en condominio o exista un proceso sucesorio iniciado, siempre que se cumplan una serie de requisitos.

La modificación fue impulsada a partir de cuatro proyectos presentados por distintos espacios políticos: uno de la Unión Cívica Radical, dos del Frejupa y otro del bloque PRO-MID. Aunque las propuestas tenían diferencias, coincidieron en la necesidad de actualizar una legislación que, según los autores, no contempla las transformaciones que tuvo la producción agropecuaria en las últimas décadas.

Entre los cambios incorporados, la norma fija que ninguna de las parcelas resultantes podrá tener una superficie inferior al 10% de las magnitudes base establecidas por la Ley 468. Además, exige el consentimiento de todos los copropietarios, un plano de mensura y el cumplimiento de las condiciones previstas para cada caso.

La discusión de fondo estuvo vinculada con las dificultades que enfrentan numerosas familias rurales cuando una explotación pasa de una generación a otra. En muchos casos, varios herederos quedan como propietarios conjuntos de un campo, pero la legislación vigente impide dividir físicamente la tierra porque las nuevas parcelas no alcanzan la superficie mínima establecida.

Esa situación puede generar conflictos entre quienes quieren continuar con la actividad productiva y aquellos que necesitan disponer de su parte del inmueble. También puede dificultar cuestiones administrativas, como la individualización de partidas y el cumplimiento de obligaciones tributarias vinculadas al Impuesto Inmobiliario Rural.

Una solución transitoria y una futura revisión

Uno de los puntos centrales de la ley es que no elimina el concepto de Unidad Económica Agraria, sino que crea una excepción limitada en el tiempo para resolver casos concretos. Durante ese período funcionará un Observatorio de la Unidad Económica Agraria, que tendrá como objetivo analizar los efectos de la reforma y elaborar una propuesta para actualizar las magnitudes establecidas en la legislación vigente.

Los impulsores de la norma sostuvieron que las condiciones productivas cambiaron desde la sanción de la Ley 468. La incorporación de tecnología, las modificaciones en los sistemas de producción y los cambios climáticos alteraron la realidad de las explotaciones rurales pampeanas, por lo que plantearon la necesidad de revisar los parámetros actuales.

Desde el oficialismo destacaron que la reforma permitirá destrabar situaciones familiares y patrimoniales que llevan años sin resolución, además de generar nuevas posibilidades para la inversión y la continuidad de emprendimientos rurales.

Durante el debate legislativo también participaron representantes de distintas entidades vinculadas al sector agropecuario. El Colegio de Agrimensores, la Federación Agraria Argentina, la Asociación Agrícola Ganadera y el Colegio de Ingenieros Agrónomos expusieron sus posiciones. Mientras algunos sectores acompañaron la necesidad de actualizar la normativa, otros plantearon reparos sobre el carácter temporal de la excepción.

La Sociedad Rural, por ejemplo, respaldó la revisión de las unidades económicas, aunque cuestionó que la solución tenga una vigencia limitada a cinco años y reclamó una modificación más profunda que contemple de manera permanente la realidad de los productores.

Otro de los aspectos incorporados por la ley está relacionado con el acceso a los lotes. La Dirección General de Catastro deberá verificar que las parcelas tengan salida a caminos existentes, ya sean rutas nacionales, provinciales o caminos de la red terciaria. Solo podrá admitirse una excepción cuando exista una servidumbre de paso acordada entre propietarios.

Con esta aprobación, la Legislatura dio respuesta a un reclamo histórico de chacareros pampeanos que durante años plantearon las dificultades generadas por una norma que, en muchos casos, terminó dejando campos familiares sin posibilidad de reorganización.

La nueva legislación abre una ventana de cinco años para resolver esos casos y, al mismo tiempo, instala nuevamente el debate sobre la necesidad de actualizar de manera integral la regulación de las superficies rurales en La Pampa.