dPosta – La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 30 años a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento tras encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de amenazas simples. Además, revocó la condicionalidad de una condena anterior que había recibido el 24 de octubre de 2023, también por hechos cometidos contra la misma víctima, y unificó ambas sentencias en una pena única de seis meses de prisión efectiva.
Durante el debate quedó acreditado que el hecho ocurrió en la mañana del 7 de marzo de 2025, cuando la mujer llevó a la hija que tiene en común con el imputado al colegio. En ese momento, el acusado también llegó al establecimiento para acompañar a otro de los hijos de la expareja y se acercó a la víctima, quien se encontraba junto a su actual pareja.
Según se acreditó en el juicio, el hombre los amenazó diciéndoles: “Les suena una cortada, los voy a agarrar a tiros, te voy a matar”.
El juicio se realizó el pasado 29 de junio con la actuación unipersonal de la jueza Gianinetto. Intervinieron la fiscal Andreina Montes, el defensor oficial Héctor Freigedo y, en representación de la querellante particular —la propia damnificada—, el abogado Walter Vaccaro.
En los alegatos de cierre, la fiscal solicitó que se impusiera una pena única de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y que se revocara la condicionalidad de la condena anterior. El representante de la querella adhirió en todos sus términos a ese planteo, mientras que la defensa pidió la absolución del imputado por aplicación del beneficio de la duda.
Al fundamentar la sentencia, la magistrada recordó que el acusado registra una condena previa cuya víctima también fue su expareja, por los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la que mantiene o mantuvo una relación de pareja, amenazas simples y daño simple.
En ese contexto, Gianinetto sostuvo: “Se extrae entonces que el acusado cometió el presente hecho a poco tiempo de haber sido condenado por otro que tuvo también como víctima a su ex pareja, lo que evidencia que no ha corregido su conducta y que por el contrario, ha persistido en su conducta delictiva en perjuicio de la madre de sus hijos”.
Finalmente, la jueza resolvió que, conforme a las previsiones del primer párrafo del artículo 27 del Código Penal, correspondía revocar la condicionalidad de la condena anterior y unificarla con la pena impuesta en esta nueva sentencia, estableciendo una pena única de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.