El STJ apartó a una camarista por sospecha de parcialidad

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a un recurso de la Fiscalía de Estado y ordenó apartar a la camarista Marina Álvarez de la causa contra la exjueza Adriana Gómez Luna.

dPosta – El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa resolvió apartar a la camarista Marina Álvarez de una causa iniciada por la Fiscalía de Estado contra la abogada y exjueza Adriana Gómez Luna, al considerar que existían circunstancias objetivas que podían generar dudas sobre su imparcialidad. La decisión fue tomada por la Sala A del máximo tribunal, que hizo lugar al recurso extraordinario presentado por la fiscal de Estado Romina Schmidt y el abogado Hernán Danzi.

El fallo revocó la resolución que había rechazado la recusación y ordenó que intervenga otro magistrado en reemplazo de Álvarez, con el objetivo de garantizar el debido proceso y la confianza en la administración de justicia.

El conflicto se originó en un juicio de apremio promovido por la Provincia para ejecutar una multa impuesta a Gómez Luna. En ese expediente, la Fiscalía de Estado recusó a la camarista Álvarez porque previamente había solicitado la intervención del Ministerio Público Fiscal para que se investigara a la propia Fiscalía y al apoderado provincial por posibles conductas delictivas.

Según el STJ, ese antecedente podía generar una “sospecha objetiva” de parcialidad, ya que la magistrada había impulsado actuaciones contra quienes luego intervenían como parte en el expediente. Por ello, el tribunal entendió que correspondía apartarla para resguardar la garantía del juez imparcial.

Los jueces señalaron que, aunque las causales de recusación deben interpretarse de manera restrictiva, no pueden frustrar la garantía constitucional de imparcialidad. También remarcaron que el temor de parcialidad puede fundarse en circunstancias objetivas del proceso y no implica cuestionar la conducta personal de la magistrada.

La disputa judicial tiene su origen en el sumario administrativo iniciado en 2023 contra la entonces jueza Adriana Gómez Luna por demoras en el dictado de sentencias. El Superior Tribunal consideró que había atrasos de hasta tres años y aplicó una sanción disciplinaria con una multa del 25% de sus haberes y el cese del estado judicial.

Gómez Luna apeló esa decisión y, ante la excusación de varios magistrados, el caso recayó finalmente en la camarista Marina Álvarez. Fue entonces cuando la Fiscalía de Estado planteó su recusación, al advertir que la jueza tenía vínculos previos con la magistrada sancionada y había participado del contexto del sumario.

En ese marco, Álvarez consideró que el escrito de la Fiscalía contenía una advertencia sobre posibles sumarios futuros en su contra y solicitó que se diera intervención al Ministerio Público Fiscal para investigar la eventual comisión de un delito, lo que profundizó la tensión institucional.

El STJ concluyó que esa situación previa era suficiente para generar dudas razonables sobre la imparcialidad de la magistrada. Por eso resolvió:

Hacer lugar al recurso extraordinario de la Fiscalía de Estado

Revocar la decisión que había rechazado la recusación

Apartar a la camarista Marina Álvarez

Disponer que intervenga el magistrado que corresponda por subrogancia

Además, el tribunal aclaró que el apartamiento no implica un juicio sobre la persona de la jueza, sino una medida destinada a asegurar el debido proceso y la confianza de las partes en la decisión judicial.


Fuente: El Diario