dPosta – El Tribunal de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, compuesto por los magistrados Carlos Federico Pellegrino, Marcelo Luis Pagano y María José Gianinetto, dictó la sentencia de responsabilidad penal contra un joven por la muerte de otro adolescente en la localidad de Victorica. El fallo califica el hecho como homicidio simple con exceso en la legítima defensa, según los lineamientos de los artículos 34 y 35 del Código Penal.
El episodio investigado ocurrió la madrugada del 20 de julio de 2025, aproximadamente a las 3:00 horas, en la vereda de un domicilio ubicado en la calle 18 de la mencionada localidad. Según la reconstrucción judicial, el imputado —quien tenía 16 años al momento del hecho— se encontraba con un grupo de conocidos cuando se produjo un altercado con otros jóvenes que circulaban por el lugar. La confrontación se inició tras un cruce de gritos, lo que derivó en que la víctima increpara al imputado.
Durante el juicio, se acreditó que existió una agresión física inicial por parte de la víctima, quien llegó a tomar del cuello al acusado. Ante esta situación, el joven utilizó un cuchillo de 38 centímetros —que según su declaración empleaba para cortar hielo— y asestó una herida en el tórax del otro adolescente. La víctima fue trasladada al hospital local, donde se constató su fallecimiento minutos después.
En el debate, la defensa técnica, representada por Soledad Trímboli, sostuvo la figura de la legítima defensa plena. Por el contrario, el fiscal Nicolás Rojo y el querellante Mauro Fernández solicitaron la condena por homicidio simple, argumentando la falta de auxilio posterior y la ausencia de una provocación proporcional. Finalmente, el tribunal concluyó que, si bien la agresión de la víctima fue ilegítima, la respuesta del imputado resultó desproporcionada, configurando el exceso legal.
Al tratarse de un menor de edad bajo el régimen de la Ley Provincial 3353 de Procedimiento Penal para Adolescentes, el tribunal no impuso una pena de prisión efectiva de forma inmediata. La normativa establece que la sanción definitiva será resuelta por un juez de audiencia una vez que el joven cumpla los 18 años. En caso de ratificarse la calificación de homicidio culposo por el exceso, la escala penal prevista oscila entre 1 y 5 años de prisión.
Hasta que se defina la pena, el magistrado dispuso una serie de medidas de restricción y control. El joven tiene prohibido el ingreso a la localidad de Victorica y el contacto con los familiares de la víctima. Asimismo, deberá continuar con tratamiento psicológico, respetar una restricción de circulación nocturna a partir de las 22:00 horas y participar en un taller de huerta municipal en su localidad de residencia, Telén. El fallo también ordenó el decomiso del arma blanca utilizada en el suceso y la restitución de efectos personales.