dPosta – La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó la multa aplicada a la empresa Micro Sistemas S.A.U., operadora de la billetera virtual Personal Pay, por incumplimientos a la Ley de Defensa del Consumidor 24.240. La decisión judicial rechazó el recurso presentado por la firma contra la sanción que había sido impuesta por la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor de La Pampa.
El caso se originó a partir del reclamo de un usuario que detectó la desaparición de fondos en su cuenta. Al revisar los movimientos, advirtió que se habían realizado dos transferencias por 300.000 y 263.000 pesos a una cuenta perteneciente a un tercero que desconocía y que, según afirmó, no habían sido autorizadas por él.
Ante esa situación, el damnificado presentó una denuncia ante el organismo provincial de Defensa del Consumidor y también recurrió a la vía penal para investigar la estafa. Además, solicitó la restitución del dinero y la rehabilitación de su cuenta en la aplicación.
Tras analizar el caso, la autoridad administrativa concluyó que la empresa no garantizó condiciones adecuadas de seguridad ni brindó una respuesta eficaz al usuario frente a la maniobra fraudulenta. En ese marco, determinó que se habían vulnerado distintos artículos de la normativa de protección al consumidor vinculados al deber de información, el trato digno, la seguridad en los servicios y las condiciones de prestación.
La compañía apeló la sanción y sostuvo ante la Justicia que su plataforma no había presentado fallas ni vulnerabilidades. También argumentó que había informado al cliente sobre mecanismos de protección y que, al existir una investigación penal en curso, el organismo administrativo no debía intervenir.
La causa fue analizada por la jueza Anahí Brarda, quien resolvió confirmar la resolución administrativa. En su fallo sostuvo que la existencia de una investigación penal no impide que la autoridad de defensa del consumidor sancione incumplimientos en el ámbito administrativo, ya que se trata de responsabilidades independientes.
La magistrada también señaló que, en una relación de consumo financiero como la analizada, la empresa se encontraba en mejores condiciones de aportar información técnica sobre el funcionamiento del sistema y los protocolos de seguridad aplicados para prevenir este tipo de fraudes. Sin embargo, indicó que la firma no acreditó de manera concreta la existencia ni la correcta aplicación de esos mecanismos.
El fallo también remarcó que el usuario atravesó una situación de falta de información y respuestas insuficientes durante todo el proceso de reclamo. Según la resolución judicial, la empresa no demostró haber brindado explicaciones claras sobre lo ocurrido ni haber ofrecido alertas oportunas ante las operaciones cuestionadas.
En ese contexto, la Cámara concluyó que el consumidor debió atravesar un escenario de desinformación y respuestas evasivas para recuperar su dinero y reactivar su cuenta, una situación que configura un incumplimiento del trato digno que deben garantizar las empresas en las relaciones de consumo.